El tema aborda los delitos contra el patrimonio y contra el orden socioeconómico regulados en el Título XIII del Libro II del Código Penal (Ley Orgánica 10/1995), en la redacción vigente tras la reforma operada por la Ley Orgánica 1/2015. Se estudian las figuras nucleares de la sustracción de cosa ajena —el hurto, el robo con fuerza en las cosas y el robo con violencia o intimidación en las personas— junto con el robo y hurto de uso de vehículos a motor, la extorsión y la usurpación de bienes inmuebles y derechos reales. La segunda gran familia examinada es la de las defraudaciones, que comprende la estafa, la administración desleal, la apropiación indebida y las defraudaciones de fluido eléctrico y análogas. Se trata de tipos penales de contornos muy precisos, con cuantías tasadas —singularmente el umbral de 400 euros que separa el delito del hurto leve— y elementos típicos concretos, por lo que la exigencia de fidelidad literal al articulado es máxima. El tema se cierra con las disposiciones comunes a los delitos contra la propiedad: la excusa absolutoria entre parientes y la punición de los actos preparatorios.